Conceptos básicos del co-abogado para casos de lesiones en DC

A Abogado de lesiones de DC Puede contratar a un co-abogado por varias razones. El caso puede involucrar dos áreas del derecho separadas y distintas. Es posible que el abogado quiera contratar a un abogado adjunto para que se encargue de ese aspecto específico del caso. Puede que simplemente haya una gran cantidad de clientes involucrados en un caso en particular, por lo que puede tener sentido dividir el trabajo y la responsabilidad entre los co-abogados.

Una vez más, hay una serie de razones basadas en los hechos particulares de ese caso por las que tendría sentido que hubiera una co-consejero involucrado. Teniendo esto en cuenta, a continuación encontrará información sobre lo que debe saber sobre el co-abogado.

Conceptos erróneos comunes sobre el co-abogado

El mayor error sobre la relación de co-abogado es que el abogado que contrata a otro abogado puede no estar capacitado o calificado para manejar el caso individualmente. Muchas veces, ese no es el caso. Realmente depende de los hechos y circunstancias de ese caso individual el momento en que tiene sentido contratar a otro abogado.

Simplemente porque hay dos abogados manejando el caso y hay un acuerdo de co-abogado, no habla de las calificaciones o el nivel de experiencia del abogado original que contrató a otro co-abogado.

Otros conceptos erróneos que pueden ocurrir

Otro concepto erróneo que se produce es que al cliente le parece mal que un abogado contrate a un abogado adjunto. Nuevamente, los acuerdos de co-abogado generalmente se inician para representar el mejor interés del cliente. Un cliente no debe desanimarse de que el abogado contrate a otro abogado para que lo ayude en el caso, porque debe hacerse para representar el mejor interés del cliente.

Asimismo, no debe haber ninguna demora en la tramitación del caso para recurrir a un co-abogado. Por lo general, si un abogado cree que es necesario un co-abogado, casi espontáneamente ya ha pensado en alguien a quien contratar. Una vez más, es un error que los clientes crean que su caso se retrasará o se dejará de lado mientras se presenta el abogado adjunto.

La otra idea errónea es que alguien está contratando una empresa de renombre para obtener cierto reconocimiento simplemente para ayudar en el caso.

A menudo ésta simplemente no es la situación. Eso realmente depende de la experiencia práctica del abogado en el manejo de ese tipo individual de caso o área del derecho. La cuestión es realmente qué es lo mejor para el cliente en lugar de obtener algún nivel de celebridad o reconocimiento de nombre.

Si el caso de una persona va a terminar en una declaración de culpabilidad, ¿por qué contratar a un abogado adjunto?

Lo primero es que nadie debería dar por sentado que el caso simplemente va a llegar a un acuerdo o a una súplica será ingresado. Hay tantos factores que intervienen en cada caso que realmente no le hace ningún favor al cliente asumir que un caso simplemente se va a resolver porque eso es lo que sucede en la mayoría de los casos.

Si el abogado cree que es necesario un co-abogado para representar el mejor interés del cliente, entonces se debe contratar a un co-abogado, ya sea que el caso termine inmediatamente después o continúe durante el juicio. Un abogado siempre debe actuar en el mejor interés del cliente. Si es necesario un co-abogado, entonces esa recomendación debe hacerse al cliente.

¿Cómo influye el tamaño de la empresa en el asesoramiento conjunto?

El tamaño de una firma de abogados puede ser un factor, dependiendo del caso particular de que se trate. Si el caso requiere la revisión de millones de documentos y la producción de millones de documentos (y requerirá una gran cantidad de abogados para manejar las cuestiones involucradas en ese caso), entonces puede tener sentido encontrar una firma más grande para ayudar como co- consejo.

De manera similar, si el caso no requiere una gran fuerza laboral, entonces el tamaño de la empresa que se involucra en el caso no es un factor. Al considerar el co-abogado, el tamaño de la firma que se contratará es un factor que depende de las circunstancias de ese caso individual.