Preguntas frecuentes sobre muerte por negligencia en DC

Si ha perdido a un ser querido debido a negligencia o acto ilícito de otra parte, puede ser elegible para presentar una demanda. demanda por muerte injusta para recibir una compensación monetaria por sus pérdidas. Muchos familiares tienen preguntas sobre qué se considera muerte por negligencia y cómo se puede proceder con una demanda. Las preguntas frecuentes sobre muerte por negligencia en DC a continuación brindarán respuestas a sus preguntas sobre las leyes, regulaciones y prácticas comunes asociadas con una demanda por muerte por negligencia en el Distrito de Columbia.

¿Qué se considera muerte por negligencia en DC?

Una muerte por negligencia se define como una muerte después de una lesión que fue "causada por un acto ilícito, negligencia o incumplimiento de otra persona o corporación". Código DC §16-2701. Se puede presentar una demanda por muerte por negligencia si la muerte es causada por cualquier tipo de negligencia, descuido, imprudencia o conducta intencional que de otro modo le daría al difunto el derecho a una recuperación si hubiera sobrevivido. Estos casos pueden incluir resbalones, caídas, productos defectuosos o que funcionan mal, accidentes automovilísticos u otros tipos de accidentes resultantes de acciones o negligencia de un individuo, hospital, corporación, entidad gubernamental u otra empresa.

¿Quién es elegible para presentar una demanda por muerte por negligencia?

Las demandas por muerte por negligencia deben presentarse a nombre del Representante personal de la persona fallecida. Código de DC § 16-2702. Los beneficiarios de muerte por negligencia están definidos por ley y generalmente incluyen al cónyuge e hijos sobrevivientes, pero también pueden incluir miembros adicionales de la familia según los hechos de cada caso. Si la persona fallecida no tenía un cónyuge o pareja sobreviviente, entonces los hijos, padres o hermanos pueden calificar como familiares más cercanos, lo que los hace elegibles para recuperar daños a través de la demanda por muerte por negligencia.

¿Cuánto tiempo tengo para presentar una demanda por muerte por negligencia en DC?

Bajo la Ley de muerte por negligencia de 2012, el Representante Personal de la víctima debe presentar una demanda por muerte por negligencia dentro de los dos años siguientes a la fecha de la muerte. Este período de dos años se conoce como plazo de prescripción. Si la demanda no se presenta dentro de este período de dos años, la familia de la víctima esencialmente renuncia al derecho de recibir cualquier compensación monetaria por su pérdida, ya que cualquier acusado puede alegar el estatuto de limitaciones como defensa ante cualquier demanda por muerte por negligencia.

¿Se puede presentar una demanda por muerte por negligencia si ya hay un caso penal en proceso?

Sí. Debido a que una demanda por muerte por negligencia es un caso civil, se puede presentar incluso si ya existen procedimientos penales en vigor. Por ejemplo, si una persona enfrenta cargos penales por homicidio involuntario o DUI, la familia de la víctima también puede presentar un caso de muerte por negligencia para recibir una indemnización por sus pérdidas personales.

¿Qué tipos de daños se pueden recuperar por muerte por negligencia?

En un caso de muerte por negligencia en Washington, DC, se pueden otorgar daños y perjuicios a los familiares de la persona fallecida para cubrir los siguientes gastos y pérdidas:

  • Costo del funeral y entierro.
  • Facturas médicas por tratamientos o atención médica de emergencia brindada a la víctima durante su última enfermedad o lesión.
  • Pérdida de apoyo financiero, incluidos salarios y beneficios que probablemente habría obtenido la persona fallecida si hubiera vivido. Estos daños pueden cubrir todos los salarios y beneficios hasta la edad probable de jubilación de la víctima.
  • El valor de los servicios perdidos, como apoyo, atención, compañía, capacitación, educación, asesoramiento personal y otros servicios potenciales que el fallecido probablemente habría brindado a su familia. Código de DC § 16-2701; Doe contra Binker, 492 A.2d 857, 863 (citando Runyon contra el Distrito de Columbia, 150 aplicaciones de EE. UU. DC 228, 231, 463 F.2d 1319, 1322 (1972); Graves v. Estados Unidos, 517 F. Suplemento. 95, 99-100 (DDC 1981).

En Washington, DC, los beneficiarios no recibirán indemnización por daños y perjuicios por duelo, angustia mental o pérdida de amor y afecto. No existe un límite establecido que rija la cantidad de dinero que se puede otorgar por daños y perjuicios en un caso de muerte por negligencia. El jurado asignado al caso decidirá la cantidad de dinero otorgada. Si no hay jurado, la decisión la toma el juez. En los casos con jurado, el juez aún puede ejercer su discreción para reducir un veredicto que se considere desproporcionado con las pérdidas reales sufridas.

¿Cómo se distribuyen los daños?

El jurado o juez de un caso decidirá cuánta compensación recibirá el patrimonio de la víctima en concepto de daños y perjuicios. La cantidad de dinero que se otorgará se basa en las pérdidas sufridas por los familiares sobrevivientes como resultado de la muerte de la víctima. Si la persona fallecida tenía un testamento, entonces el Representante Personal del patrimonio del difunto actuará como fideicomisario de la familia y será responsable de distribuir los daños entre los miembros de la familia para compensarlos en proporción al sufrimiento y la pérdida experimentada por cada uno. persona. Si la víctima murió intestada (sin testamento) y el veredicto o sentencia no especifica una asignación de daños, entonces los daños se distribuirán directamente al cónyuge sobreviviente, pareja de hecho o pariente más cercano de acuerdo con el estatuto, dependiendo del resto. descendientes. Consulte la Sección 19-301 y siguientes del Código de DC. A falta de sentencia o veredicto que especifique la asignación de los daños y perjuicios, la ley dicta que se aplican las mismas reglas que rigen las distribuciones. Algunos ejemplos de posibles distribuciones son los siguientes:

  • Si no hay descendientes ni padres, el cónyuge o pareja de hecho del fallecido recibirá la totalidad del importe.
  • Si hay hijos que pertenecen tanto a la víctima como al cónyuge o pareja de hecho sobreviviente, entonces los hijos recibirán un tercio de los daños y el cónyuge o pareja de hecho sobreviviente recibirá dos tercios.
  • Si hay hijos y no hay otros descendientes, los hijos se reparten a partes iguales.
  • Si hay padres sobrevivientes pero no cónyuge, hijos u otros descendientes, los padres recibirán el monto total.
  • Si hay hermanos o descendientes de hermanos, pero no cónyuge, padres o hijos, los hermanos y descendientes de hermanos recibirán la totalidad del importe en partes iguales.

Estos ejemplos no representan todas las distribuciones posibles, pero ilustran cuán compleja puede llegar a ser la distribución del producto de muerte por negligencia.

¿Es probable que mi caso de muerte por negligencia sea juzgado en los tribunales?

Como ocurre en la mayoría de los litigios civiles, muchos casos de muerte por negligencia se pueden resolver extrajudicialmente llegando a un acuerdo con las partes responsables de causar la muerte. Sin embargo, debido a que es posible que cualquier demanda llegue a juicio, es importante que elija un abogado con experiencia en el manejo de casos de muerte por negligencia. Un abogado con experiencia en muerte por negligencia no sólo podrá manejar eficazmente su caso en la sala del tribunal, sino que también tendrá la experiencia necesaria para negociar un acuerdo favorable fuera del tribunal si la parte responsable está dispuesta a llegar a un acuerdo.

¿Cuál es el costo de contratar a un abogado para manejar un caso de muerte por negligencia?

En la mayoría de los casos de muerte por negligencia, el cliente y el abogado acordarán un acuerdo de honorarios contingentes. En este tipo de acuerdo, el cliente no paga ningún dinero por adelantado. En cambio, el abogado recibirá un porcentaje específico de la cantidad total de dinero recibido en concepto de daños y perjuicios al finalizar el caso. Si no se recupera el dinero, no se cobra ninguna tarifa. El porcentaje de dinero pagado al abogado de muerte por negligencia puede variar según las circunstancias específicas del caso, incluso si el caso va a juicio o se resuelve antes del litigio.

¿Tendré que pagar por una consulta si no elijo contratar su firma?

No. Puede llamar a nuestras oficinas legales para una consulta gratuita en cualquier momento. Uno de nuestros abogados con experiencia en muerte por negligencia hablará con usted en detalle sobre su caso, le brindará la información que necesita para tomar una decisión y le explicará cuáles serían los próximos pasos. Si no elige conservar la empresa, no paga nada. Si ha perdido a un ser querido en circunstancias de muerte por negligencia, necesita un abogado que tenga experiencia en demandas por muerte por negligencia y que pueda negociar hábilmente un acuerdo para su caso. Si su caso va a juicio, necesita un abogado que luche por usted y litigue su caso ante un juez o un jurado. Nuestro equipo de abogados tiene una reputación establecida por brindar resultados positivos a nuestros clientes y trabajaremos incansablemente para garantizar que reciba la compensación que merece por las pérdidas que ha sufrido como resultado de la muerte por negligencia de su ser querido. Llame a nuestra oficina legal hoy para una consulta gratuita con un abogado que pueda hablar con usted sobre los hechos de su caso, brindarle asesoramiento para seguir adelante y brindarle atención personalizada a las circunstancias específicas involucradas.