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Aprobado por primera vez como parte de las Enmiendas Educativas de 1972, el Título IX es una ley federal que prohíbe la discriminación basada en el sexo en cualquier programa o entidad educativa que reciba fondos federales. Las universidades, en particular, deben cumplir con el Título IX. Deben mantener un proceso para la denuncia e investigación de denuncias de discriminación sexual.
Como estudiante, su educación y su futuro podrían estar en peligro luego de una queja del Título IX. Si la escuela determina que las acusaciones en su contra tienen fundamento, podrían remitir su caso a una junta disciplinaria. La junta podría imponer una variedad de sanciones si fallan en su contra, incluida la expulsión de la escuela.
Usted tiene derecho al debido proceso en una audiencia del Título IX. De todos ellos, su derecho a ser representado por un abogado especializado podría ser el más importante. Su asesor legal podría informarle sobre el proceso de una investigación del Título IX en College Park y guiarle en cada paso del mismo.
La forma en que una institución educativa inicia una investigación bajo el Título IX varía de un campus a otro. En la Universidad de Maryland, el proceso comienza con la Oficina de Derechos Civiles y Conducta Sexual Inapropiada. Todas las instituciones que reciben fondos federales cuentan con algún tipo de oficina dedicada a informar a los estudiantes sobre sus derechos bajo el Título IX.
Una investigación comienza con una queja formal presentada ante la oficina del Título IX de la escuela. Estas quejas podrían involucrar comportamiento con respecto al personal o los estudiantes. Pueden cubrir cualquier cosa, desde denuncias de discriminación sexual hasta insinuaciones sexuales no deseadas.
La oficina generalmente investiga el reclamo inicialmente para determinar si se basa en hechos o en mala fe. La oficina suele estar facultada para cerrar el expediente por falta de pruebas o remitir la denuncia a un consejo disciplinario.
Si las acusaciones de la denuncia están fundamentadas, es en última instancia el consejo disciplinario el que controla la suerte del estudiante. Para determinar si la disciplina es necesaria, la junta puede celebrar una audiencia para revisar la presunta conducta del estudiante.
Es valioso recordar que esta no es una audiencia penal. Muchos de los derechos garantizados a un acusado penal no están presentes en las audiencias del Título IX. Por lo general, la junta puede llamar a cualquier testigo que desee, incluso si no tiene nada que ofrecer más que pruebas de oídas. La junta también podría exigir que el estudiante testifique o se enfrente a la expulsión si se niega.
La carga en una audiencia del Título IX es mucho menor que la de un caso penal. En lugar de tener que probar las acusaciones más allá de toda duda razonable, la escuela sólo necesita convencer a la junta de que lo más probable es que las acusaciones sean ciertas.
Si la decisión de la junta es desfavorable para el estudiante, existe derecho a apelar. Cada escuela tiene una política de apelaciones diferente, pero normalmente deja la decisión de revisar el caso en manos de un administrador de nivel superior en la escuela.
Cada universidad financiada con fondos públicos en College Park debe informar a los estudiantes sobre sus derechos bajo el Título IX. Asimismo, estas universidades deben implementar un proceso para investigar las denuncias de discriminación y conducta sexual inapropiada.
Si enfrenta una queja del Título IX en College Park, no tiene que enfrentar esta amenaza solo. Su abogado podría trabajar con usted para asegurarse de que comprenda la naturaleza del proceso del Título IX y cómo podría afectar su vida.
Por favor, complete este formulario o llámenos al (202) 600-9400.