¿Qué constituye negligencia médica en Maryland?
La Ley de Reclamaciones por Negligencia Médica de Maryland (la “Ley”), codificada en Código Anotado de Maryland, Tribunales y Procedimientos Judiciales §§ 3-2A-01 y siguientes., rige el procedimiento legal para casos de negligencia médica. En estas demandas, la cuestión central es si el proveedor de atención médica no cumplió con el estándar de atención aplicable, con § 3-2A-02(c)(1) que rigen ciertos requisitos procesales y probatorios en las demandas por negligencia médica.
En Price Benowitz, comprendemos cómo el complejo marco legal de Maryland crea obstáculos para la obtención de compensación para las personas perjudicadas por negligencia médica. Nuestro equipo de abogados puede ayudarle a navegar por este sistema, comenzando con una evaluación gratuita de su caso.
Oficina de Resolución Alternativa de Disputas de Atención Médica de Maryland
La ley estatal examina de manera única los casos de negligencia médica antes de la revisión judicial. La Oficina de Resolución Alternativa de Disputas de Atención Médica (HCADRO), un departamento ejecutivo establecido por § 3-2A-03, recibe las presentaciones iniciales de los demandantes. Los demandantes satisfacen § 3-2A-04(b)(1)(i) presentando al Director de la HCADRO un certificado de un experto cualificado que respalde sus alegaciones.
Según la Ley de Reclamaciones por Negligencia Médica de Maryland, el demandante debe presentar ante el Director un certificado de un perito cualificado que identifique la desviación del proveedor de atención médica respecto del estándar de atención y declare que dicha desviación fue la causa directa de la lesión. La función del Director en este proceso es administrativa, y las cuestiones de incumplimiento y causalidad son determinadas en última instancia por un panel de arbitraje o un tribunal. La defensa puede presentar su propio certificado de un perito cualificado para impugnar la responsabilidad, argumentando que el proveedor demandado cumplió con los estándares legales de atención.
Los demandantes y las partes contrarias están autorizados, por § 3-2A-06B, para renunciar al arbitraje de HCADRO y litigar acciones por negligencia profesional en cualquier momento después de que el demandante haya presentado su certificado. Si la defensa no presenta un certificado ante HCADRO antes de la renuncia, deberá presentarlo ante el tribunal.
¿Qué se considera negligencia médica según la ley de Maryland?
La negligencia médica generalmente se refiere a una acción legal en la que una parte busca una indemnización por los daños sufridos a causa de la negligencia de un profesional de la salud. Los demandantes tienen la carga de probar que el profesional incumplió su deber de diligencia y que dicho incumplimiento causó sus lesiones.
Los elementos que suelen predominar en estos litigios son el incumplimiento y la causalidad. Los certificados de peritos cualificados de las partes, o sus testimonios, contendrán declaraciones que tenderán a probar o refutar estos elementos.
Según el artículo 3-2A-02(c)(1), un demandante puede presentar pruebas de que un proveedor de atención médica en particular no cumplió con “los estándares de práctica entre los miembros de la misma profesión de atención médica con capacitación y experiencia similares ubicados en las mismas comunidades o similares”. El incumplimiento debe haber ocurrido en el momento del presunto acto que fundamenta la demanda por negligencia.
En el artículo 3-2A-02(c)(2)(ii), la Ley especifica el contenido de un certificado que incluye la declaración de un experto cualificado. En dicho certificado, un experto médico emite una opinión cualificada sobre el cumplimiento o la desviación de los estándares de atención por parte de un profesional sanitario. Esta opinión puede constar en un certificado o presentarse como testimonio ante un tribunal arbitral o judicial.
El certificado de un perito cualificado presentado por el demandado, o el testimonio de dicho perito, puede utilizarse para refutar la opinión pericial del demandante. En lo que respecta al incumplimiento, la defensa utilizará ese certificado o testimonio del perito cualificado para argumentar que el proveedor de atención médica actuó de conformidad con el artículo 3-2A-02(c)(1).
Estos certificados, o testimonios, de expertos calificados, también arrojan luz sobre la causalidad, ya que pueden atestiguar, o refutar, que de no ser por un acto u omisión de un proveedor de atención médica, el demandante no habría sufrido lesiones. Pero la causalidad legal (es decir, “próxima”) es en gran medida producto de la jurisprudencia. La regla general, reiterado en una reciente sentencia de Maryland, es que un proveedor médico causa directamente el daño alegado si su acto u omisión es una causa; no es necesario que sea “la única causa” de la herida
Las demandas por negligencia médica en Maryland son complicadas; podemos ayudarle.
Las demandas por negligencia médica a menudo dependen de qué parte tenga el perito mejor cualificado que la represente. Al contratar a un abogado con experiencia en estos casos, tendrá mayores posibilidades de obtener pruebas contundentes.
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